9 pasos que debe dar tu empresa para utilizar los recursos de capacitación SENCE Chile

En su artículo 36, la Ley 1958 de 1997 establece la Franquicia Tributaria, un incentivo a las empresas contribuyentes clasificadas en la Primera Categoría de la Ley sobre Impuesto la Renta que invierten recursos en la capacitación de su personal. El monto máximo anual del beneficio es de hasta el 1% de las remuneraciones imponibles pagadas por la organización en el mismo lapso, o de 13 UTM en el caso que el 1% sea inferior a dicha cifra.

pasos que debe dar tu empresa para utilizar SENCESENCE Chile materializa este incentivo a través del programa Impulsa Personas. Para acceder a él solo hay que seguir los siguientes pasos:

1. Verificar que la empresa cumple con los requisitos para acceder al programa

Además de ser contribuyente de primera categoría, la organización debe tener una planilla anual de remuneraciones imponibles superior a 35 UTM y registrar las cotizaciones previsionales pagadas con respecto a dicha planilla.

2. Definir las necesidades de capacitación o certificación  

Esto, por supuesto, debe ser definido con base en las necesidades de actualización de conocimientos que tengan los distintos segmentos de sus recursos humanos, atendiendo a diferentes variables como las tendencias en la industria.

3. Definir el personal objetivo de la capacitación o participación 

A los programas de capacitación o certificación de Impulsa Personas puede acceder cualquier integrante de la fuerza de trabajo mayor de 15 años. No obstante, la empresa tiene que determinar, con fundamento en el punto anterior, quiénes y cuántos serán los participantes del programa.

4. Seleccionar quién gestionará y/o ejecutará la capacitación o certificación

La organización puede gestionar este instrumento de las siguientes maneras:

Directa: la empresa se encarga de administrar los recursos para  la capacitación o certificación. Además, realiza los procesos con el SENCE Chile y contrata directamente los servicios con un Organismo Técnico de Capacitación (OTEC) acreditado o con un Centro de Evaluadores.

Intermediada: la organización le entrega los recursos a un Organismo Técnico Intermedio para Capacitación (OTIC). Este se encarga de administrarlos y realiza todos los procesos con el SENCE. Por dicho servicio, el OTIC puede cobrar máximo el 15 % de los aportes de la empresa, aunque en los casos de certificación el monto no puede exceder el 5% de su costo.

En este punto es importante establecer la fecha, hora, lugar y duración del curso de capacitación o del proceso de certificación.

5. Informar al SCENCE

Hay que comunicarle al SCENCE Chile el lugar, fecha y participantes de la capacitación o certificación. Para ello, la empresa cuenta con dos días hábiles antes de la iniciación de la actividad, y tiene que registrarse en el sistema para adquirir su usuario y contraseña.

6. Desarrollar la capacitación o certificación

Se ejecuta el programa según lo planificado.

7. Presentar al SCENCE la documentación de la actividad

Una vez desarrollada la certificación o capacitación, la empresa tiene 60 días corridos para presentar ante el SCENCE la documentación de la ejecución y pago de la misma.

8. Presentar Declaración jurada anual de retención

Este documento debe ser presentado por la empresa a su OTIC o al SCENCE, con su respectiva firma notarial y el pago de las cotizaciones previsionales.

9. Obtener el beneficio tributario

Este es el paso más importante. La empresa debe declarar el gasto certificado por el SCENCE en el Formulario No 22 de la Declaración de Impuesto a la Renta.

Hay que aprovechar dichos recursos. Como es bien sabido, la capacitación, además de impulsar la economía nacional, se traduce para la empresa en mayor retención de talento, optimización de los flujos de trabajo, disminución de las brechas de habilidades y potenciación de la productividad general del negocio.

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